Para determinar las temporadas de pesca y veda hay que poner atención a distintas normas que, según su alcance, son del tipo nacional, regional y comunal. En base a ello, se detallan a continuación.

Las temporadas de pesca y veda a nivel nacional están reguladas por el Decreto 320 de 1981, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Subsecretaria de Pesca. En ella se establece:

• Licencia de Pesca: “Para realizar actividades de pesca deportiva se requiere de un permiso previo otorgado por el Servicio Nacional de Pesca…”.

• Temporada de Pesca: “Las actividades de pesca deportiva de especies salmonídeas sólo se podrán realizar…entre el segundo viernes del mes de noviembre de cada año y el primer domingo del mes de mayo del año siguiente, ambas fechas inclusive…”.

• Máximos de extracción: Cada pescador deportivo sólo podrá capturar hasta un máximo de 3 ejemplares de especies salmonídeas o percatrucha por día de pesca, salvo que con menos unidades complete 15 Kgs”.

• Señuelos: “En las actividades de pesca deportiva de las especies a que se refiere este reglamento sólo se podrán utilizar señuelos artificiales…”.

Para mayor información, revisar la norma completa: www.bcn.cl

No obstante el Decreto anterior, en la Región de Los Ríos existe una regulación que restringe la norma citada; es la Resolución N° 02/2021 emanada de la Subsecretaría de Pesca Regional que establece que:

• “Autorizase la actividad de pesca recreativa de especies salmónidas… entre los años 2021 y 2024, a partir del segundo viernes de septiembre de cada año, hasta el tercer domingo de marzo del año siguiente, ambas fechas inclusive…”.

• “Se prohíbe realizar toda actividad de pesca recreativa desde una hora después de la puesta de sol, hasta una hora antes de su salida…”.

Para mayor información, revisar la norma completa: www.subpesca.cl

Con el fin de incrementar la protección, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura emanó la Resolución N° 02/2020, que determina medidas administrativas adicionales para ciertos cuerpos de agua de la Comuna de Panguipulli entre las temporadas 2020-2021 a la 2029-2030:

• “Río Coñaripe y sus afluentes, incluyendo su nacimiento en el Lago Pellaifa y su desembocadura en el Lago Calafquén, … solo pesca con devolución obligatoria, … usando modalidad de pesca con mosca, con señuelo simple y sin rebarba”. Se incluirá como zona de nacimiento y desembocadura del Río Coñaripe, … un radio de 500 metros hacia el interior del Lago Pellaifa y Calafquén, respectivamente”.

• Río Llanquihue y sus afluentes, río Neltume y Río Fuy, incluye su desembocadura 1000 metros hacia el interior del lago Panguipulli; río Enco, río San Pedro hasta la confluencia con el río Malihue, Río Mañío: Solo pesca con devolución obligatoria, … utilizando sistemas de pesca con mosca y uso de un señuelo simple, sin rebarba y pudiendo utilizar una mosca remolcada en tándem.

• Para los cuerpos de agua mencionados, solo pesca con devolución y en el mismo lugar del a extracción, con la excepción de los salmones que se permitirá la extracción de 1 ejemplar.

• En el Humedal de Huitag, en el Lago Calafquén, “se prohíbe toda actividad de pesca recreativa”.
Para mayor información, revisar la norma completa: www.subpesca.cl

La temporada de Veda es Esencial para la reproducción y permanencia de las Especies, en Ríos y Lagos.

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